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AFORES

La Ley te ofrece el beneficio de disponer parte de tus recursos de la Cuenta AFORE anticipadamente bajo dos tipos de retiro: por matrimonio y por desempleo.

A) RETIRO PARCIAL O IMPARCIAL POR MATRIMONIO

1. ¿Qué es?

Es un beneficio que te permite hacer un retiro parcial de los recursos de tu Cuenta AFORE por matrimonio

2. ¿Qué requisitos y documentos necesitas para realizar este retiro?

REQUISITOS

Tener un mínimo de 150 semanas cotizadas contadas a partir del 1º de julio de 1997 (consulta cuántas semanas cotizadas tienes aquí).

No haber obtenido este derecho con anterioridad.

Estar vigente como asegurado.

Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).

Si ya no estás laborando y contrajiste matrimonio dentro de los 90 días hábiles a partir de tu baja ante el IMSS, podrás solicitar esta prestación.

A) RETIRO PARCIAL POR DESEMPLEO

1. ¿Qué es?

Es un beneficio que te ofrece tu cuenta AFORE donde puedes hacer un retiro parcial de tus recursos en caso de estar desempleado.

2. ¿Qué requisitos y documentos necesitas para realizar este retiro?

REQUISITOS

Tener 46 días naturales de estar desempleado.

Tener al menos 3 años con tu cuenta de ahorro para el retiro abierta y 2 años cotizados ante el IMSS.

No haber efectuado este retiro en los últimos 5 años anteriores.

Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).

Existen dos modalidades en las que podrás disponer de los recursos, mismas que podrás elegir de acuerdo tu tiempo de cotización del IMSS y las características de tu cuenta individual:

Modalidad A. Si tu cuenta AFORE tiene al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de 2 años de cotización al IMSS, recibirás en una sola exhibición 30 días de tu último Salario Base de Cotización con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Modalidad B. Si tu cuenta tiene 5 años o más de haber sido abierta, recibirás lo que resulte menor entre 90 días de tu Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).

RESEÑAS

De clientes previos

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Juan Lemus
Guadalajara

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Rodrigo Valladolid
Puerto Vallarta

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Andrea Guzman
Colima

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